SHCP
Hoy se publica el Acuerdo emitido por la SHCP en el que se determinan los montos mínimos respecto de los cuales no se aplicará lo dispuesto en el CFF, en relación con la "Revelación de Esquemas Reportables". Al respecto, se establece que no serán aplicables las citadas disposiciones, a los asesores fiscales o contribuyentes respecto de los esquemas reportables a que se refieren las fracciones II a XIV del art. 199 del CFF, siempre que se trate de esquemas reportables personalizados y el monto agregado del beneficio fiscal obtenido o que se espere obtener en México no exceda de 100 millones de pesos.
Además, se establece que cuando exista más de un esquema reportable de los previstos en las fracciones I a XIV del art. 199 del CFF que involucre o espere involucrar a un mismo contribuyente, implementado o que se pretenda implementar en al menos un ejercicio fiscal en común y siempre que se trate de esquemas reportables personalizados, para determinar la cantidad de 100 millones de pesos, se deberá considerar el monto agregado del beneficio fiscal obtenido o que se espere obtener en México a través de la totalidad de los esquemas reportables personalizados mencionados.